Es el precepto con el cual se nos ordenó que (permitamos que) el obrero coma de aquella cosa con la que está trabajando, durante su trabajo, si ésta está unida a la tierra.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Cuando vengas al viñedo de tu prójimo, comerás uvas...; cuando vengas al sembrado de tu prójimo, arrancarás espigas con tu mano.

Ya se explicó en la Guemará (—Talmud, Tratado de Babá) Metziá que de estos dos versículos hemos aprendido que la persona come de lo unido (a la tierra) en momento de conclusión del trabajo, y que no nos sería suficiente uno de los versículos sin el otro similar a lo que hemos explicado anteriormente respecto de lo que ellos (—los Sabios) han dicho: "Hasta que sean dichos dos versículos; y si no, no hemos aprendido". Este, pues, es un Precepto Positivo cuyo cometido se comprende de estos dos versículos. Es decir: que se le permita al obrero comer de lo unido (a la tierra). En la explicación dijeron: "Y estos comen de (acuerdo a la ley de) la Torá".

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Séptimo (del Tratado Talmúdico) de (Babá) Metziá.