ב"ה

Mitzvá Diaria del Rambam

Day 299: Negative Commandment 241, 242

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241. No Tomar Prenda de Garantía de una Viuda
241. No Tomar Prenda de Garantía de una Viuda (“Mashkon Almana”)

Es la advertencia con la cual se nos previno de no prendar a una viuda, sea pobre o rica.

Es lo que El dijo: No tomes como prenda la vestimenta de una viuda. En la expresión de la Mishná: "No se prenda a una viuda, sea ésta pobre o rica, pues fue dicho: Y no tomes como prenda la vestimenta de una viuda".

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Noveno (del Tratado Talmúdico) de Babá Metziá.

242. No Tomar Como Prenda de Garantía Elementos con que se Preparan Alimentos
242. No Tomar Como Prenda de Garantía Elementos con que se Preparan Alimentos (“Mashkon Biklei Ajila”)

Es la advertencia con la cual se nos previno de no tomar como prenda utensilios que la gente utiliza para la preparación de sus alimentos —como ser herramientas para moler, amasar, cocinar, faenar animales, y similares de lo que se incluye en la categoría de los que con ellos se preparan alimentos—.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: No tomará como prenda rejáim y réjev, pues vida está tomando en prenda.

Dice la Mishná: "No sólo rejáim y réjev, sino toda cosa con la que se preparan alimentos — pues fue dicho: Pues vida está tomando en prenda".

Resta que te explique aquí lo que ellos (—los Sabios) dijeron: "Y (quien toma un molino como prenda) es pasible de pena por dos utensilios, pues fue dicho: No tomará como prenda rejáim y réjev" — de lo que sería posible pensar que son dos preceptos (individuales). Y con más razón (podría inferirlo) de lo que dijeron: "Y es pasible (de pena) por sólo rejáim y por sólo réjev".

El concepto de esto es que todo el que toma como prenda un utensilio con el cual se preparan alimentos, éste, pues, transgrede un Precepto Negativo —como fue explicado—; y si prendó numerosos utensilios con los que, con cada uno de ellos, se prepara alimentos, es pasible (de pena) por cada utensilio individualmente — por ejemplo: si prendó utensilios de molienda, utensilios de horneado y utensilios de amasado.

Esto pertenece a lo que no es menester explicar, dado que es análogo a quien prendó la vestimenta de la viuda de "Rubén" (—un nombre ficticio, al estilo de Fulano—), la vestimenta de la viuda de "Shimón" (—Mengano) y la vestimenta de la viuda de "Leví" (—Zutano) — que transgrede por cada vestimenta individualmente.

Pero (sí cabe preguntarse cómo será) en el caso de cuando alguien prendó dos utensilios con los que (únicamente) con ambos en conjunto se prepara alimento, y uno solo de ellos es insuficiente para el preparado de alimentos sin el otro. ¿Diremos acaso que, dado que el alimento no se prepara sino con ambos en conjunto, son, pues, cual un único utensilio, y será pasible (de pena) por (prendar) un único utensilio, o (diremos) que dado que son dos utensilios — es pasible (de pena) por cada uno de ellos individualmente?

Es por eso que nos han explicado que es pasible (de pena) en virtud de dos utensilios, pese a que la labor se realiza con ambos conjuntamente, tal como rejáim y réjev —con los que no se muele con uno de ellos sin el otro—, cuando, si prendó rejáim y réjev, será como quien prendó la cubeta de amasado y el cuchillo de faenado —que son dos utensilios destinados, cada uno de ellos, a su (particular) función—.

Ese es el concepto de lo que dijeron: "Y es pasible (de pena) por dos utensilios", y no que son dos preceptos (individuales).

Y ésta es la expresión del Sifrí en este tema que te he explicado. Dijeron: "Tal como rejáim y réjev tienen la singular característica de ser dos utensilios que sirven para un (mismo) trabajo, y se es pasible (de pena) por éste individualmente y por éste individualmente — así todo (caso de) dos utensilios que sirven para un (mismo) trabajo, (de tomarlos en prenda, se) es pasible (de pena) por éste individualmente y por éste individualmente". El sentido de la declaración y su explicación es que: a pesar de que cumplen función para una (misma) labor, es pasible (de pena) por éste individualmente y por éste individualmente.

Si transgredió y prendó — se los quita de su mano y se los devuelve a quien los utiliza. Y si se perdió o se quemó antes de que lo devolviera — recibe (la pena de) Malkut. Idéntica es la ley con la vestimenta de la viuda.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Noveno (del Tratado Talmúdico) de Babá Metziá.

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Sobre el libro
A new translation of Rambam’s definitive work, with informative notes, arranged according to the daily study schedule established by the Rebbe.
Sobre la editorial
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