Es el precepto con el cual se nos ordenó reconocer verbalmente las transgresiones con que hemos pecado ante El, exaltado sea, cuando nos arrepintamos de ellas; y ésta es la confesión, que diga: ¡Por favor, Di-s!

He cometido falta, he pecado, he transgredido y hecho así y así'; se extenderá en la verbalización y pedirá la expiación de aquella cosa, según la claridad de su lenguaje.

Sabe, que incluso por las faltas por las que se es pasible de (traer) estos tipos de sacrificios que fueron mencionados antes —respecto de los cuales El, exaltado sea, dijo que le será expiado a quien los traiga— debe también, de todos modos, confesarse en el momento en que son ofrendados.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Habla a los hijos de Israel: hombre o mujer, cuando cometan (alguna) de todas las faltas humanas (para cometer engaño en Di-s, y será culpable la persona,) confesarán su falta que han cometido.

Dice el Mejilta, en la explicación de este versículo: "Dado que fue dicho: y confesará lo que pecó — (enseña) que ha de confesarse por el pecado cometido; sobre él (—el sacrificio—) — (enseña que debe hacerlo) sobre el Jatat cuando éste está (vivo) y no luego de haber sido degollado. No se da a entender (de este versículo) que el individuo deba confesarse, salvo por el (pecado de) Ingreso al Santuario (en estado de impureza)". (Esto significa:) Dado que este versículo —es decir: lo que El, exaltado sea, dijo: lo que pecó sobre él— fue dicho en la Sección de Vaikrá (—Levítico) respecto del que impurifica el Santuario y sus Santidades, y las (demás transgresiones) que con él son mencionadas —como ya hemos explicado—, dijo en consecuencia aquí el Mejilta que de este versículo sólo hubiéramos aprendido la obligación de confesarse para el que impurifica el santuario; (por eso prosigue diciendo:) "¿De dónde incluyes tú (en esta obligación) los demás Preceptos? Dijo El: Habla a los hijos de Israel (...) y confesarán (el que se refiere a muchas otras transgresiones). ¿De dónde (infieres) también (esta obligación para transgresiones penadas con) Caret y muerte (por Mano Divina)? Dijo El: su falta, toda su falta — para agregar (confesión por transgresiones a) Preceptos Negativos; (y fue dicho:) cuando cometan — para incluir (confesión por transgresiones a) Preceptos Positivos".

Y allí dijeron más: "De todas las faltas humanas — (implica) de las que son entre él y su semejante: por los hurtos, por los robos, y por las malas habladurías; para cometer engaño — (viene) para incluir a quien jura con el Nombre (de Di-s) en falso, y a quien maldice; y será culpable la persona — (viene) para incluir a todos los pasibles de (pena de) muerte, que se confiesen. Podría (yo pensar) que incluso los que son ajusticiados por testimonio de los zomemím (deben confesar el pecado por el que son ajusticiados), (mas no es así pues) no He dicho (que se confiesen) salvo (cuando) y será culpable aquella persona". Es decir, no está obligado a confesarse si supo que no pecó mas falsos testigos atestiguaron en su contra.

Te ha sido explicado, pues, que hay obligación de vidui (—confesión—) por todos los tipos de transgresiones —graves y leves— e incluso por (transgresiones a) los Preceptos Positivos.

Y por cuanto que esta ordenanza —es decir: y se confesarán— fue enunciada junto con la obligación de (traer un) sacrificio, podría habérsenos ocurrido que la confesión por sí sola no es precepto, sino que es de los (elementos) que secundan al sacrificio. Por eso tuvieron que explicarlo en el Mejilta con esta expresión: "Podría (yo pensar) que en el momento en que traen (sacrificio) se confiesan. ¿De dónde (sé) que (deben confesarse) incluso cuando no traen (sacrificio)? Dijo El: Habla a los hijos de Israel (...) y confesarán. (Empero,) no se entiende (obligación de) vidui salvo en la Tierra (de Israel). ¿De dónde (sé que la obligación rige) incluso en el Exilio? Dijo El: Y confesarán su pecado y el pecado de sus padres. Y del mismo modo dijo Daniel: Para ti, Señor, es la justicia, y a nosotros nos corresponde la vergüenza del rostro.

De todo lo que hemos mencionado te ha sido explicado, pues, que la confesión es un precepto individual, y es obligación (que recae) sobre el pecador por cualquier transgresión cometida, tanto en la Tierra (de Israel) como fuera de la Tierra (de Israel), tanto si trajo sacrificio como si no trajo sacrificio — está obligado a confesarse, como El, exaltado sea, dijo: Y confesarán su falta que han cometido. También es así la expresión del Sifrá: "Y confesará — ésta es la confesión verbal".

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el último Capítulo (del Tratado Talmúdico) de Kipurím.