Es el precepto con el cual se nos ordenó amar a los prosélitos.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y amaréis al prosélito.
A pesar de que en este concepto éste está incluido en lo que comprende a todo (el pueblo de) Israel con lo que El dijo: Y amarás a tu semejante como a ti mismo —pues este prosélito es el legítimo converso— mas, por cuanto que ingresó a la grey, le agregó Di-s (ordenanza de) amor, y le destinó un precepto adicional tal como hizo respecto de la advertencia en cuanto a su aflicción —donde dijo: Y no haréis sufrir uno a su semejante, y luego di jo: Y al converso no aflijas — lo que fue explicado en la Guemará (—Talmud), en el sentido de que por la aflicción al converso se es pasible (de transgresión) por Y no haréis sufrir uno a su semejante y por Y al converso no aflijas. Del mismo modo hemos sido obligados a amarlo en virtud de Y amarás a tu semejante como a ti mismo y en virtud de Y amaréis al prosélito.
Esto es simple y no hay en ello nada oculto; no tengo conocimiento de alguien que haya enumerado los preceptos y que esto se le haya pasado por alto.
En la mayoría de los Midrashím explicaron (los Sabios) que Di-s nos ordenó respecto del prosélito tal cual nos ordenó El respecto de Sí Mismo, exaltado sea, y es lo que El dijo: Y amarás al Señor, tu Dí-s y dijo: Y amaréis al prosélito.