Es el precepto con el cual se nos ordenó narrar acerca del Éxodo de Egipto en la noche del 15 de Nisán, al comienzo de la noche, según la habilidad lingüística del narrador.
Y cuanto más añada en su narración y se extienda verbalmente al desarrollar lo que los egipcios hicieron con nosotros y cómo nos mortificaron, y cómo Di-s Se cobró de ellos por nosotros, y se Le agradezca a El, exaltado sea, por toda la bondad que nos ha brindado — éste (hombre) es alabado. Tal como dijeron (nuestros Sabios): Quienquiera se extiende al narrar el Éxodo de Egipto, éste es alabado".
El versículo mediante el cual nos llegó esta ordenanza es aquel en el que El, exaltado sea, dijo: Y narrarás a tu hijo en aquel día, respecto del cual se explicó: "Narraras a tu hijo — (de estas palabras) podría yo pensar que (la ordenanza debe cumplirse) a partir de Rosh Jodesh; por eso fue dicho: en aquel día. Si (debe cumplirse) en aquel día, podría (yo pensar) que (la ordenanza debe cumplirse) cuando aún es de día; por eso fue dicho: por esto — He dicho (que debe cumplir este precepto) en el momento en que hay Matzá (pan ázimo) y Maror (hierbas amargas) colocados delante de ti"; vale decir: está obligado a narrar (el Éxodo de Egipto) desde el comienzo de la noche.
Dice el Mejilta: "Puesto que fue dicho Y será cuando te pregunte tu hijo, podría yo pensar que si te pregunta le has de narrar; mas si no, ¿no le has de narrar? Por eso fue dicho: Y narrarás a tu hijo — incluso si no te pregunta. (Del versículo aprendo la obligación de narrar) sólo cuando tiene un hijo, ¿para sí mismo, o entre otros, de dónde (lo sé)? Por ello fue dicho: Y dijo Moisés al pueblo: 'recuerda este día', vale decir: ordenó recordarlo, tal como fue dicho: Recuerda al día de Shabat para santificarlo.
Ya has conocido su expresión: "Incluso si todos somos sabios, entendedores, conocedores de la Torá, recae sobre nosotros el precepto de narrar el Éxodo de Egipto".
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya al final (del Tratado Talmúdico) de Pesajím.