Es la advertencia con la cual se nos previno de no suscitarnos placer con alguna de todas las mujeres prohibidas, incluso sin aproximación carnal, como ser (mediante) el abrazo, el beso y actos similares de los cuales el hombre deviene satisfacción.
Es lo que El, exaltado sea, como advertencia de ello, dijo: Que todo hombre (de vosotros) no os acerquéis a su pariente carnal para descubrir su desnudez. Es como si hubiera dicho: 'No os acerquéis a ellas con una aproximación que lleva a descubrir la desnudez'.
En expresión del Sifrá: "(De) no os acerquéis para descubrir tengo (aprendido) sólo que no descubra (—o sea, la relación carnal—). ¿De dónde (sé) que no se acerque (con el mero contacto)? Para enseñárnoslo fue dicho: Y a una mujer, durante la impureza de su menstruación, no te aproximes. (De ahí) tengo (aprendidas) sólo (las prohibiciones de) no te acerques y no descubras (en el caso) de una mujer menstruante; ¿de dónde (sé) que (también con) el resto de las mujeres prohibidas (rigen las prohibiciones de) no te acerques y no descubras? Para enseñárnoslo fue dicho: No os acerquéis para descubrir desnudez".
Y allí fue dicho: "Y serán extirpadas las almas que cometen — ¿Qué enseña? Pues de momento que fue dicho no os acerquéis, podría yo pensar que por el acercamiento son pasibles de Caret. Por ello fue dicho las... que cometen — (mas) no las que se acercaren".
El Precepto Negativo que estipula la prohibición de estas cosas repulsivas ha sido repetido ya (en la Torá), y dijo El: para no practicar las costumbres abominadas.
Dijeron, empero, (que el versículo que dice:) Como las acciones de la Tierra de Egipto, en la cual morasteis, no haréis; y como las acciones de la Tierra de Canaán... no haréis no advierte solamente, con estos dos Preceptos Negativos, acerca de las 'costumbres abominables', sino que con ellos advierte de las abominaciones específicas que mencionó (en los versículos) a continuación; vale decir: trajo dos Preceptos Negativos Globales para todas las mujeres prohibidas. Y cuando advirtió acerca de (no emular) las acciones de la Tierra de Egipto y de las acciones de la Tierra de Canaán —como ello incluye todo lo que ellos solían hacer: la perversión, la agricultura, el pastoreo del ganado y el poblado de la tierra conjuntamente— por ello aclaró nuevamente El que 'aquellas acciones acerca de las que Yo te he advertido son éstas y éstas: "desnudez (de ésta) no descubrirás" y "desnudez (de aquella) no descubrirás", tal como explicó al final del tema y dijo: pues todas estas abominaciones cometieron los habitantes de la tierra.
En expresión del Sifrá: "Podría (yo pensar) que no habrán de construir casas ni plantar viñedos, tal como ellos (hacían); por eso fue dicho: En sus costumbres no marcharéis — no he enunciado (esta prohibición) sino en cuanto a lo establecido por ellos y por sus ancestros por ley". Y allí dijeron: "¿Qué hacían? El varón se casa con un varón y la mujer se casa con una mujer, y la mujer se casa con dos hombres".
Ha sido explicado, pues, que estos Preceptos Negativos —que son 'como las acciones de la Tierra de Egipto' y 'como las acciones de la Tierra de Canaán' no harán— son advertencia para la aproximación carnal con todas las mujeres prohibidas en forma global, y luego El volvió a repetir el Precepto Negativo de cada una de ellas en forma individual.
Ya hemos explicado nosotros todas las leyes de este precepto en el Capítulo Séptimo (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín, en el 'Comentario a la Mishná', y hemos explicado que por ellos se recibe (la pena de) Malkut.
De lo que tú debes saber es que toda mujer por la que por aproximación carnal a ella se es pasible de (la pena de) Caret — el que nace de esa aproximación carnal en la que hay pena de Caret se llama mamzer, y es aquél a quien Di-s llamó mamzer sea esa aproximación carnal adrede o ignorando que cometía una transgresión — el nacido (de ella) es mamzer, a excepción de la (aproximación carnal con la) mujer menstruante exclusivamente, cuando el que nace de ella no es mamzer sino que es llamado ben hanidá ('hijo de la Nidá').
Este tema ha sido explicado ya en el Capítulo Cuarto (del Tratado Talmúdico) de Iebamot.