Es el precepto con el cual se nos ordenó jurar con Su Nombre, exaltado sea, cuando ello nos sea necesario para dar sustento a algo o negarlo, pues en ello hay enaltecimiento para El, exaltado sea, gloria y grandeza.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y en Su Nombre jurarás.
En su explicación dijeron: "La Torá dijo 'jura con Su Nombre', y la Torá dijo 'no jures". Vale decir: tal como se nos ha advertido respecto del juramento innecesario y éste constituye un Precepto Negativo, así el juramento se nos ha preceptuado cuando es necesario y constituye un Precepto Positivo.
En consecuencia, está prohibido jurar por cosa alguna de las creadas —como ser los ángeles y las estrellas— salvo cuando omite (mencionar explícitamente) al sujeto — como ser si dijera "por la verdad del sol" aludiendo a "por la verdad del Di-s del sol". De esa manera jura nuestra nación en nombre de nuestro Maestro Moisés (¡cuán glorioso su nombre!); es como si el que jura dijera: "por el Di-s de Moisés", "por Quien envió a Moisés".
Empero, cuando el que jura no alude a ello, y jura por alguna de las criaturas impulsado por la creencia de que ellas poseen veracidad propia —hasta el punto de jurar por ella— éste transgredió y asoció otra cosa al Nombre Celestial. (Al respecto) se nos legó:
"Todo el que asocia el Nombre Celestial con otra cosa, es desarraigado del mundo"
A ello aludió el versículo cuando dijo: Y en Su Nombre jurarás. Vale decir: sólo en El creerás y (a El) atribuirás veracidad por la que corresponde jurar.
Ya dijeron al comienzo (del Tratado Talmúdico) de Temurá: "¿De dónde (sabemos) que se jura para cumplir el precepto? Pues fue dicho: Y en Su Nombre jurarás"