ב"ה

Mitzvá Diaria del Rambam

Day 154: Negative Commandment 68, 165; Positive Commandment 31; Negative Commandment 77, 78

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68. Que el Sumo Sacerdote no Ingrese Indiscriminadamente al Santuario
68. Que el Sumo Sacerdote no Ingrese Indiscriminadamente al Santuario (“Kenisa Lamikdash”)

Es la advertencia con la cual se previno al Sumo Sacerdote de no ingresar al Mikdash en cualquier momento, [en razón de la] honra (debida) al Santuario y el temor ante la Presencia Divina.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Que no venga en cualquier momento al Santo (más allá de la cortina, ante la cubierta que está sobre el Arca, para que no muera).

En este Precepto Negativo hay diferentes grados restrictivos, y estos son: al Sumo Sacerdote se ha advertido de no entrar al Sancta Sanctórum, siquiera en el Día del Perdón salvo en el consabido horario para el servicio. Asimismo, se ha advertido a todo Kohén (sacerdote ordinario) que no ingrese al Santuario en cualquier día del año fuera del momento de servicio.

La síntesis conceptual de este Precepto Negativo: Que ningún Kohén ingrese al lugar al que puede entrar, salvo en momento de servicio, ya sea un Sumo Sacerdote al interior (del Sancta Sanctórum) o un sacerdote ordinario al exterior (de éste, es decir, al Santuario).

Si transgredió este Precepto Negativo, e ingresó fuera del momento de servicio — si entró al Sancta Sanctórum, es pasible de (la pena de) muerte; y si entró al heijál, es éste pasible de (la pena de) Malkut.

En expresión del Sifrá: "Que no venga en cualquier momento... — esto es en Iom Kipur; ...al Santo... — (viene) para incluir los demás días del año; ...más allá de la cortina... — (viene) para advertir (respecto de) el resto de la Casa (Santa). Podría (pensar yo) que por (ingresar a cualquier parte de) toda la Casa es (penado) con la muerte. Para enseñarnos (que no es así) fue dicho: ...ante la cubierta que está sobre el Arca, para que no muera. ¿Cómo es esto? (Por ingresar a la parte interior del Santuario, es decir,) hasta ante la cubierta, (es castigado) con la muerte; y por (el ingreso a) el resto de la Casa, (ha transgredido una) advertencia".

En la Guemará (—Talmud, Tratado) de Menajot dijeron explícitamente: "Por el (ingreso al) Heijál, (es castigado con) cuarenta (latigazos)".

165. Prohibición —para los Sacerdotes— de Abandonar el Santuario Durante el Servicio
165. Prohibición —para los Sacerdotes— de Abandonar el Santuario Durante el Servicio (“Ietzia Min Hamikadsh Bishaat Avoda Lakohanim”)

Es la advertencia con la cual se previno a los Sacerdotes de no salir del Santuario en momento de servicio.

Es lo que El dijo: Y de la puerta de la Tienda de Reunión no salgáis. También este Precepto Negativo fue reiterado respecto del Sumo Sacerdote, y dijo El:

Del Santuario no saldrá.

En expresión del Sifrá: "Y de la puerta de la Tienda de Reunión... — podría (yo pensar que la prohibición rige) ya sea en momento de servicio, ya sea cuando no es momento de servicio. Para enseñarme (que no es así) fue dicho (respecto del Sumo Sacerdote): Del Santuario no saldrá y no profanará — digo, entonces, 'en momento de servicio'. (Luego, está escrito:) pues el óleo de unción de Di-s está sobre vosotros — no tengo de aquí (indicio) sino para Aharón y sus hijos —quienes fueron ungidos con el óleo de unción— que si salieron (del Santuario) en momento de servicio son pasibles de (la pena de) muerte (por Mano Divina). ¿De dónde (lo sé) para todos los sacerdotes de todas las generaciones? Para enseñármelo fue dicho: pues el óleo de unción de Di-s está sobre vosotros".

Has de saber que para el Sumo Sacerdote hay una (prohibición) adicional: que no acompañe el féretro (de un pariente fallecido). Ese es el sentido literal del versículo, cuando dice: Del Santuario no saldrá. Así se explicó en el Capítulo Segundo (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín, que si le falleció alguien, no sale tras el féretro. Y lo aprendieron de lo que fuera dicho: Del Santuario no saldrá.

De esto se aprende que (el Sumo Sacerdote) puede rendir servicio en el día en que le falleció alguien. Tal es la expresión de ellos (—los Sabios) en (el Tratado Talmúdico de) Sanhedrín. Dijeron: "Del Santuario no saldrá y no profanará — de modo que otro que ha de salir, profanó". Es decir, (se refiere a) el sacerdote ordinario, quien tiene prohibido rendir servicio cuando es onén. Y se le ha advertido al respecto —o sea, que no rinda servicio siendo onén— de esta interpretación (del versículo). Y ya se te ha explicado esta norma al final (del Tratado Talmúdico) de Horaiot: que el sacerdote común no rinda servicio (estando onén), y el Sumo Sacerdote (sí) rinde servicio estando onén.

Te ha sido explicado, pues, que lo que El dijo aquí y no profanará es negación (de una penalidad estipulada previamente) y no advertencia; o sea, (se pretende declarar) que el servicio del Sumo Sacerdote no se vuelve profano aun si es onén (mientras lo realiza). El sentido literal del versículo, (en consonancia,) es que lo que El dijo y no profanará proporciona la razón del Precepto Negativo precedente, o sea: No saldrá (si se volvió onén) porque (de todos modos) no profanará (su servicio con ello).

De ambas formas no corresponde listar este Precepto Negativo de manera individual, como resulta claro a quien comprendió los Fundamentos que preceden a esta obra.

Ya se explicó que estos tres Preceptos Negativos

—que son: Su cabeza no dejará suelta, sus ropas no des tramará12 y del Santuario no saldrá— fueron repetidos respecto del Sumo Sacerdote para explicar un concepto específico, tal como se repitió su advertencia respecto de la mujer divorciada, profanada y prostituida, para explicar un concepto específico; y que las tres cosas por las que advirtió en estos tres Preceptos Negativos son las mismas que las que advirtió al decir El: Vuestras cabezas no dejaréis sueltas, vuestras ropas no destramaréis y de la puerta de la Tienda de Reunión no salgáis; y que Moisés —sea sobre él la paz— les hizo saber —es decir, a Elazar e Itamar— que "Con vuestro espanto por esta enorme desgracia no os han sido permitidas las cosas que os estaban prohibidas, sino que seguís advertidos como lo estabais, de no dejar crecer el cabello, no rasgar las vestimentas, ni salir del Santuario en momento de servicio". Y el Precepto Negativo fue reiterado respecto del Sumo Sacerdote para explicarnos que el mismo es en momento de servicio, y que (por su transgresión) en momento de servicio exclusivamente se es pasible de (la pena de) muerte, como ves que aprendieron la interpretación de (lo dicho respecto del sacerdote ordinario:) de la puerta de la Tienda de Reunión no salgáis, de (lo dicho respecto del Sumo Sacerdote:) Del Santuario no saldrá.

Y a pesar de que en cada prohibición de estos Precepto Negativos que se reiteró respecto del Sumo Sacerdote hay un aspecto adicional, como hemos explicado, no se incrementará por ello el número de los preceptos para quien comprendió lo que hemos anticipado, pues el cuerpo del versículo es que (el sacerdote) no ha de hacer cosa alguna de éstas durante el servicio.

Esto, compréndelo.

31. Sacar del Santuario a los Impuros
31. Sacar del Santuario a los Impuros ("Shiluaj Temeim")

Es el precepto con el cual se nos ordenó sacar del Santuario a los impuros.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y enviarán (fuera) del campamento a todo afectado de 'Tzaráat', a todo 'zav' y a todo impuro por muerto.

Este 'campamento' que se menciona aquí es el 'Campamento de la Presencia Divina', cuyo equivalente para las generaciones (posteriores) es la Azará —como hemos explicado al comienzo del Orden (Mishnaico) de Taharot, en el "Comentario a la Mishná"—.

En expresión del Sifrí: "Y enviarán del campamento — es advertencia para los impuros, que no ingresen al Santuario en (estado de) impureza".

Esta ordenanza fue repetida ya (en la Torá) con otra expresión, y es lo que El, exaltado sea, dijo: Cuando haya en ti hombre que no esté puro de polución nocturna, saldrá fuera del campamento. Al decir aquí fuera del campamento, aludió al 'Campamento de la Presencia Divina', tal como dijo en esta ordenanza misma: hacia fuera del campamento los enviarás. Y en la Guemará (— Talmud, Tratado de) Pesajím (dijeron): "Y saldrá fuera del campamento — éste es el 'Campamento de la Presencia Divina".

Dice el Mejilta: "Ordena a los hijos de Israel y enviarán del campamento — (está ordenado) con un Precepto Positivo. ¿Y de dónde (sé que también lo está) con un Precepto Negativo? Para enseñárnoslo fue dicho: Y no impurificarán su campamento". Yen el Sifrá: "Y saldrá fuera del campamento — es un Precepto Positivo".

77. Que Ningún Impuro Ingrese al Santuario
77. Que Ningún Impuro Ingrese al Santuario (“Kenisa Lamikdash Betuma”)

Es la advertencia con la cual se previno a todo impuro de no ingresar al Santuario, cuyo equivalente para las generaciones (futuras es): Todo el Atrio desde el Portón de Nicanor hacia adentro, que es el comienzo del Sector de Israel.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y no impurficarán su campamento — es decir, el Campamento de la Presencia Divina.

En la Guemará (—Talmud, Tratado de) Makot dijeron: "(Sobre) quien ingresa impuro al Santuario hay escrito castigo y hay escrita advertencia. Castigo:

(Quien esté impuro...) el Santuario de Dí-s impurificó; cercenada será (esa alma). Advertencia: Y no impurificarán su campamento".

En el Mejilta (dijeron): "(Está escrito:) Ordena a los hijos de Israel, y enviarán (fuera) del campamento (a todo afectado de 'tzaráat') — es un Precepto Positivo. ¿Y de dónde (sabemos) que es también (transgresor a) un Precepto Negativo? Dijo (el versículo): Y no impurificarán su campamento".

El Precepto Negativo al respecto fue reiterado ya en otros términos, y es lo que El dijo en (el caso de) la Parturienta: Al Santuario no vendrá.

En el Sifrá dijeron: "Puesto que fue dicho: Y apartaréis a los hijos de Israel por su impureza, y no morirán, escucho yo (que se hace pasible de pena) ya sea (tocando el Santuario) por dentro como por fuera —es decir, que también quien toca el Santuario por fuera mientras está impuro se hace pasible de (la pena de) Caret—. Para enseñarnos (que no es así) fue dicho respecto de la Parturienta: Al Santuario no vendrá". Y allí se explicó que la ley de la Parturienta y la de los demás impuros es análoga en esto.

Más dijeron en el Sifrá —respecto de lo que El, exaltado sea, dijo: Y de no lavar (su ropa), y no bañar su carne, cargará su pecado—: "¿Cómo es esto? Por (no) bañar su cuerpo, merece Caret; por (no) lavar su ropa, (es castigado) con cuarenta (latigazos). ¿Y de dónde (sabemos) que (el versículo) no habla sino de la impurificación del Santuario y sus santidades? (Porque en los versículos encontramos que) advirtió y castigó, etc."

Ya se ha explicado el castigo de quien transgrede este Precepto Negativo. Si es premeditado, es pasible de (la pena de) Caret. Y si es sin querer, es pasible de (ofrendar) un sacrificio Olé veIoréd, como hemos explicado en la Mitzvá 72 de los Preceptos Positivos.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya al comienzo de (los Tratados Talmúdicos de) Shevuot, Horaiot, Keritot, y en varios lugares de Zevajím.

78. Que Ningún Impuro Ingrese al Monte del Templo
78. Que Ningún Impuro Ingrese al Monte del Templo (“Kenisa Lehar Habait Betuma”)

Es la advertencia con la cual se previno a todo impuro de no ingresar al Campamento de los Levitas, cuyo equivalente para las generaciones (futuras es) el Monte del Templo, como explicáramos al comienzo (del Tratado Mishnaico) de Keilím, y allí se explicó la prohibición de ingreso de los impuros al Monte del Templo.

El versículo que sobrevino para este Precepto Negativo es lo que El dijo sobre el impuro por polución nocturna: No vendrá dentro del Campamento.

En la Guemará (— Talmud, Tratado de) Pesajím dijeron también: "Y saldrá fuera del Campamento — éste es el Campamento de la Presencia Divina — como hemos explicado en la Mitzvá 31 de los Preceptos Positivos—; no vendrá dentro del Campamento — éste es el Campamento de los Levitas. Preguntó Ravina: ¿Digamos que ambos (fragmentos del versículo hablan) del Campamento de la Presencia Divina, y (que se han dado dos expresiones) para hacerlo transgresor por ello a un Precepto Positivo y a un Precepto Negativo? (Al respecto se respondió:) De ser así, que el versículo diga 'no vendrá a su interior' —es decir, debería haber escrito 'y no vendrá a su interior' (omitiendo la repetición de la palabra 'Campamento'); ¿para qué preciso yo (que se escriba también la palabra) 'Campamento'? (Debo decir que) es para asignarle un Campamento adicional (del que debe apartarse), esto es, el Campamento de los Levitas" —es decir, que tampoco en éste 'vendrá dentro del Campamento'—.

En expresión del Sifrí: "No vendrá dentro del Campamento — éste es un Precepto Negativo".

También las leyes de este precepto han sido explicadas ya al comienzo del Tratado de Keilím en nuestro Comentario.

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Sobre el libro
A new translation of Rambam’s definitive work, with informative notes, arranged according to the daily study schedule established by the Rebbe.
Sobre la editorial
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