Es el precepto con el cual se nos ordenó separar el diezmo de lo que ha de nacer para nosotros cada año, del animal puro; que ofrendemos su grasa y su sangre, y que nosotros comamos en Jerusalén lo que sobra de él.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y todo diezmo del ganado mayor y menor, todo lo que pase bajo la vara, el décimo será santo para Di-s — y éste es el Maaser Behemá.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el último Capítulo (del Tratado Talmúdico) de Bejorot. Y allí se explicó que esta ley rige incluso fuera de la Tierra (de Israel), también si no es delante del Templo — tal es la ley de la Torá. Por decreto de los Sabios, empero — (por temor a que) quizás sea comido (también) cuando no tiene defecto, puesto que carecemos del Santuario— dijeron: "No es vigente si no es delante del Santuario"; y cuando el Santuario esté construido — rige tanto para la Tierra (de Israel) como fuera de la Tierra (de Israel).