Es el precepto con el cual se nos ordenó devolver la prenda a su dueño judío en el momento en que la precisa. Si la prenda es de algo que se precisa en el día—por ejemplo: herramientas de su trabajo y labor— que se los devuelva durante el día y los prende a la noche; y si es algo que se precisa durante la noche—por ejemplo, ropas de cama y frazadas con las que duerme— que se los devuelva a la noche y los prende durante el día.
Dice el Mejilta: "Hasta la venida del sol se los devolverás — ésta es una vestimenta diurna que tú le devuelves todo el día. Y una vestimenta nocturna —que tú le devuelves toda la noche—, ¿de dónde (sabemos)? Para enseñárnoslo fue dicho: Devolver, has de devolverle la prenda con la puesta del sol". De aquí dijeron: se prenda una vestimenta diurna durante la noche y una vestimenta nocturna durante el día; se devuelve una vestimenta diurna durante el día, y una vestimenta nocturna durante la noche.
Ya se explicó en la Guemará (—Talmud, Tratado de) Makot que lo que El dijo: No vendrás a su casa para tomar de él prenda es un Precepto Negativo adosado a un Precepto Positivo, y que el Precepto Positivo es lo que El dijo: Devolver, has de devolverle la prenda. En la expresión del Sifrí: "Devolver, has de devolverle — enseña que le devuelve elementos del día en el día y elementos de la noche en la noche: una frazada — a la noche, y un arado — en el día".
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Noveno (del Tratado Talmúdico) de (Babá) Metziá.