Es el precepto con el cual se nos ordenó el decapitado del burro primogénito, si no quiere rescatarlo.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y si no lo rescatarás, lo decapitarás.
Las leyes de este precepto, también, han sido explicadas ya en el Tratado (Talmúdico) de Bejorot.
Cualquiera podría preguntarme y decir: ¿Por qué enumeras su rescate y su decapitado como dos preceptos (individuales), y no los enumeras como un único precepto, de modo que su decapitado ha de ser parte de las leyes del precepto —como has explicado en el Séptimo Fundamento—?
Sabe Di-s por siempre que la ley así hubiera impuesto, de no ser por haber encontrado nosotros, en este tema, una expresión que señala el (hecho de) que son dos preceptos (individuales). Es lo que ellos (—los Sabios) dijeron: "El precepto de rescate tiene prioridad al precepto de decapitado, y el precepto de Ibúm tiene prioridad al precepto de Jalitzá". Vale decir: tal como la Iebamá está ya sea para Ibúm o para Jalitzá —y el Ibúm es precepto como ha mencionado, y la Jalitzá es un precepto individual— del mismo modo el burro primogénito está ya sea para rescate o para decapitado. Este es un precepto y éste es un precepto, como han dicho.