Pregunta:
Un amigo me prestó dinero de su tarjeta de crédito, y ahora tiene que pagar intereses de esa cantidad. ¿Puedo pagarle por esos intereses que él mismo le va a pagar al banco, o está prohibido pagarle más de la cantidad que él me prestó? Si es así, ¿hay alguna solución para que pueda pagar ese interés?
Respuesta:
De acuerdo a la Torá, no se debe pagar intereses en un préstamo entre dos judíos. Sin embargo, está permitido pagar o recibir intereses de un no judío, o de una institución financiera. Los intereses en sí mismos no son algo malo, son aceptados en todas las sociedades. Sin embargo, debemos tratar a los judíos como miembros de la familia, y entre hermanos no se cobran intereses.
En una instancia como la que me describes, a pesar de que tu amigo está pagando intereses al prestarte dinero, no tienes permitido pagarle ningún interés.
Tú no le debes plata a su banco, le debes la plata a él. Él te prestó el dinero, y pagarle más de lo que te prestó está prohibido.
Hay una solución que se puede hacer antes de tomar el préstamo llamada “Heter Iska”. Es un contrato en que el prestamista y el prestatario firman un acuerdo de negocios cuyos beneficios serán compartidos. Un rabino tiene un formulario de Heter Iska que puede ser llenado por ambas partes.
Mientras que lo antes mencionado es la regla halájica en tales casos, siempre debes consultarle a tu Rabino.
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