Es el precepto con el cual se nos ordenó que tengamos óleo elaborado de una forma específica dispuesto para ungir con él a todo Sumo Sacerdote que sea nombrado, tal como El dijo: Y el Sacerdote más grande de sus hermanos, sobre cuya cabeza ha sido vertido el óleo de unción...

Asimismo, se unge con él también a algunos reyes como ha de ser explicado en las leyes de este precepto. Con él ya se ungió el Santuario (Móvil del desierto) y todos sus enseres; no se unge con él, empero los enseres (del Templo) para las generaciones (posteriores) , pues como explicación dijeron en el Sifrí que con la unción de estos —es decir, de los enseres del Tabernáculo— fueron consagrados todos los enseres del futuro venidero.

Dijo El, exaltado sea: Oleo de sagrada unción será éste para Mí, para vuestras generaciones.

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya al comienzo (del Tratado Talmúdico) de Keritot.