Es el precepto con el cual se nos ordenó que todo sacrificio que ofrendemos, del animal, sea de ocho días (de vida) en adelante, y no menor de eso, y éste es el precepto de mejusar zman begufó.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y estará siete días bajo su madre, y desde el día octavo en adelante será aceptado para sacrificio. Esta ordenanza fue repetida ya (en la Torá) con otra expresión, y es lo que El dijo: Siete días estará con su madre.

Este precepto incluye a todos los Sacrificios —Sacrificios del individuo y sacrificios de la comunidad— según sus diversas categorías. Y de lo que El dijo: Y desde el octavo día en adelante será aceptado — se deduce que antes de ello no será aceptado.

Se ha aclarado, pues, la advertencia de no sacrificar un 'falto de tiempo', sólo que es un Precepto Negativo que surge de uno Positivo y por consiguiente no se recibe por él (la pena de) Malkut, ya que así es: quien sacrificó un (animal) 'falto de tiempo' no recibe (la pena de) Malkut, como fue explicado en el Capítulo (Talmúdico) 'A él y a su hijo'. Y allí se dijo: "Deja de lado al (animal) falto de tiempo, pues el versículo lo adosó a un Precepto Positivo".

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Sifrá, y al final del Tratado (Talmúdico) de Zebajím.