Es el precepto con el cual se nos ordenó eximirnos (con su cumplimiento) de todas las obligaciones que se hallan impuestas sobre nosotros, en la primer (Festividad de) Peregrinación —de las tres Peregrinaciones — que transcurra sobre nosotros, a fin de que no pase una de las Tres Peregrinaciones sin que haya ofrendado todo sacrificio a él impuesto.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Su Presencia buscaréis, e irás allí, y traeréis allí vuestros holocaustos.

El concepto de esta ordenanza es que El dice: en el momento en que allí irás —y es en cada una de las Tres Peregrinaciones— debes traer todo sacrificio a ti impuesto. En la expresión del Sifrí: "e irás allí, y traeréis allí — ¿Para qué fue dicho? Para fijarlos por obligación, que traigan (los sacrificios) en la primer (Festividad de) Peregrinación con que se topó".

Y allí fue dicho: "No transgrede por él en virtud de 'no atrasarás' hasta que transcurran sobre él las Peregrinaciones de todo un año". Vale decir: si transcurrieron sobre él tres Peregrinaciones y no trajo (sus sacrificios), será entonces transgresor a un Precepto Negativo, pero si transcurrió sobre él (sólo) una (Festividad de) Peregrinación, éste, pues, transgredió únicamente un Precepto Positivo.

En la Guemará (—Talmud, Tratado de) Rosh Hashaná (dijeron): "Dijo Rabá: en tanto transcurrió sobre él una (Festividad de) Peregrinación, transgrede un Precepto Positivo". Y dijeron en el Talmud: "¿Cuál es el motivo de Rabí Meir? Pues está escrito: e irás allí y traeréis allí — al venir tú, debes traer. Y los Sabios dijeron: (el versículo) ha venido para (imponer) un Precepto Positivo".

Te ha sido explicado, pues, que aquello que fuera dicho: y traeréis allí— constituye un Precepto Positivo, y (éste) es: que traiga a Di-s todas las deudas sobre él impuestas. Que se exima de su obligación en cada (Festividad de) Peregrinación, tanto si éstas son de los tipos de sacrificios, tanto si éstas son valores, valuaciones, consagraciones autoimpuestas, santificaciones, léket, shijejá y peá. Es un Precepto Positivo eximirse de estas deudas (con su pago) en la primer (Festividad de) Peregrinación con que se topó, como fue explicado en la Guemará (—Talmud, Tratado de) Rosh Hashaná.