Es el precepto con el cual se nos ordenó santificar al año cincuenta, es decir, cesar en él de toda labor de la tierra —tal como en el año de Shemitá—.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y santificaréis al año que es año cincuenta.

En la explicación dijeron: "Tal como fue dicho respecto de Sheviít así fue dicho respecto del Iovel". Vale decir: igualó a ambos con un Precepto Positivo, del mismo modo en que el versículo igualó a ambos con un Precepto Negativo, como he de explicar.

Las leyes del año de Iovel y del año de Shemitá —en lo que hace al cese de la labor de la tierra y la enajenación de todo lo que crece—, son idénticas. Estas dos cosas (—cese del trabajo y enajenación de los frutos—) las incluye en lo que El dijo: Y santificaréis al año que es año cincuenta.

Ya explicó el versículo que el concepto de 'santidad', en ellos, consiste en que sus frutos y su producto sean enajenados. Y dijo: pues 'Iovel' es él, sagrado será para vosotros, del campo comeréis su producto.

Este Iovel rige sólo en la Tierra (de Israel), a condición de que cada Tribu esté establecida en su lugar—es decir, en su parte de la Tierra de Israel— y no estén mezcladas una con la otra.