Es el precepto con el cual se nos ordenó cesar (el trabajo) en el Octavo día de la Festividad de Sucot (—Sheminí Atzeret)

Es lo que El, exaltado sea, dijo: En el octavo día, (dedicado a) Sagrada Asamblea será para vosotros.

Ten presente que este cese de trabajo que se nos ha ordenado para cada Uno de estos seis días posee idénticas leyes para cada Festividad, y no hay ninguna de ellas que se singularice con algún descanso que no exista en la otra. Asimismo, nos está permitido ocuparnos (con labores relacionadas) con la alimentación, en cada una de estas Festividades.

Resulta, pues, que este precepto de descanso es una ley única (en contenido) que incluye a toda Festividad.

Todas las leyes de este descanso han sido explicadas ya en el Tratado (Talmúdico) de Iom Tov.

El descanso que se nos ha ordenado para Shabat y Iom Hakipurím empero, es este mismo descanso con numerosas adiciones, puesto que en estos dos días (Di-s) no permitió (las labores relacionadas con) la alimentación. Hay más cosas adicionales que están permitidas en Iom Tov mas están prohibidas en Shabat, a pesar de no ser (relativas a la) alimentación, corno fue explicado en el Tratado (Talmúdico) de Iom Tov.