Es el precepto con el cual se ordenó al violador (de una mujer) que contraiga matrimonio con la mujer por él violada.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y para él será por mujer, por cuanto la ha mortificado. No podrá divorciarla en toda su vida.
En la Guemará (—Talmud, Tratado de) Makot se ha explicado ya que este Precepto Negativo del violador —que es: No podrá divorciarla— constituye un 'Precepto Negativo al que precedió un Precepto Positivo'. Y así dijeron: "¿Por qué? ¡Un Precepto Negativo al que precedió un Precepto Positivo, es un Precepto Positivo!" Ha quedado en claro, pues, que lo que fuera dicho Y para él será por mujer es un Precepto Positivo.
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Tercero y Capítulo Cuarto (del Tratado Talmúdico) de Ketubot.
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