Es el precepto con el cual se nos ordenó la ley del ladrón: que cobremos de él 'pago doble', pagos de 'cuatro y cinco', que lo matemos —si vino en la oscuridad— o que lo vendamos, y todos los castigos del ladrón, en general, según explicó el versículo.
Todos los reglamentos de esta ley han sido explicados ya en el Capítulo Séptimo (del Tratado Talmúdico) de (Babá) Kamá, en el Capítulo Octavo (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín, y en el Capítulo Tercero (del Tratado Talmúdico) de (Babá) Metziá, así como en escasos lugares de (los Tratados Talmúdicos de) Ketubot, Kidushín y Shevuot.
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