Es la advertencia con la cual se nos previno de no jurar por un ídolo, incluso a quienes le rinden culto. Del mismo modo que no haga jurar a ellos por él, tal cual ellos (—los Sabios) nos lo han explicado al decir: "No hagas jurar al no-judío por su deidad".
Es lo que El, exaltado sea, dijo: Y el nombre de otros dioses no mencionaréis — que no hagas jurar al no-judío por su deidad.
Y allí dijeron más: "no mencionaréis — que no prometa en nombre de un ídolo". Y en (el tratado Talmúdico de) Sanhedrín: "no mencionaréis — que una persona no le diga a su compañero: espérame junto a tal ídolo".
Quien transgrede este Precepto Negativo —vale decir: quien jura a modo de exaltación con cualquiera de las cosas creadas que los errantes creen que ella es deidad— es pasible de (la pena de) Malkut. Dijeron en la Guemará (—Talmud, Tratado de) Sanhedrín, cuando advirtieron de no besar un ídolo, abrazarlo, o barrer el piso ante él, y similares de todas las acciones de honra y amor: "Por todas (ellas) no recibe (la pena de) Malkut fuera de quien promete en su nombre y jura en su nombre".
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Séptimo (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín.
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