Es la advertencia con la cual se nos previno que no moren idólatras en nuestro territorio, a fin de que no aprendamos de su herejía.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: No morarán en tu tierra, no sea que te hagan pecar en contra de Mí.
Incluso si el gentil quisiera pasar por nuestros lugares de morada, ello no nos está permitido (consentirlo) hasta tanto (aquél) acepte sobre sí no rendir más culto idólatra, instancia en la que le estará permitido morar (en nuestra tierra) — y esto es lo que se llama guer toshav, es decir, un prosélito a los solos efectos de que le está permitido vivir en la tierra (de Israel).
Así han dicho: "¿Cuál es el guer toshav? Este que aceptó sobre sí no rendir culto idólatra — ésta es la opinión de Rabí Iehudá". Pero el idólatra que no more (en nuestra tierra), y no se le venden tierras ni se las alquila. Explícitamente sobrevino la interpretació: "(No te conmiseres [tejaném] de ellos —) no les des asentamiento (janaiá) en el suelo".
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en (los Tratados Talmúdicos de) Sanhedrín y Avodá Zará.
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