Es la advertencia con la cual se previno al Sumo Sacerdote de no ingresar al Mikdash en cualquier momento, [en razón de la] honra (debida) al Santuario y el temor ante la Presencia Divina.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: Que no venga en cualquier momento al Santo (más allá de la cortina, ante la cubierta que está sobre el Arca, para que no muera).

En este Precepto Negativo hay diferentes grados restrictivos, y estos son: al Sumo Sacerdote se ha advertido de no entrar al Sancta Sanctórum, siquiera en el Día del Perdón salvo en el consabido horario para el servicio. Asimismo, se ha advertido a todo Kohén (sacerdote ordinario) que no ingrese al Santuario en cualquier día del año fuera del momento de servicio.

La síntesis conceptual de este Precepto Negativo: Que ningún Kohén ingrese al lugar al que puede entrar, salvo en momento de servicio, ya sea un Sumo Sacerdote al interior (del Sancta Sanctórum) o un sacerdote ordinario al exterior (de éste, es decir, al Santuario).

Si transgredió este Precepto Negativo, e ingresó fuera del momento de servicio — si entró al Sancta Sanctórum, es pasible de (la pena de) muerte; y si entró al heijál, es éste pasible de (la pena de) Malkut.

En expresión del Sifrá: "Que no venga en cualquier momento... — esto es en Iom Kipur; ...al Santo... — (viene) para incluir los demás días del año; ...más allá de la cortina... — (viene) para advertir (respecto de) el resto de la Casa (Santa). Podría (pensar yo) que por (ingresar a cualquier parte de) toda la Casa es (penado) con la muerte. Para enseñarnos (que no es así) fue dicho: ...ante la cubierta que está sobre el Arca, para que no muera. ¿Cómo es esto? (Por ingresar a la parte interior del Santuario, es decir,) hasta ante la cubierta, (es castigado) con la muerte; y por (el ingreso a) el resto de la Casa, (ha transgredido una) advertencia".

En la Guemará (—Talmud, Tratado) de Menajot dijeron explícitamente: "Por el (ingreso al) Heijál, (es castigado con) cuarenta (latigazos)".