Es la advertencia con la cual se nos previno de no ofrendar sobre el Altar (animal recibido como) paga de prostituta o costo de un perro.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: No traerás paga de prostituta o costo de perro (a la Casa de Di-s, tu Señor).
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Sexto (del Tratado) de Temurá.
Quien ofrenda algo de estos, pese a que el sacrificio es inválido, éste, pues, recibe (la pena de) Malkut, como es la ley de los (sacrificios) defectuosos.
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