Es la advertencia con la cual se nos previno de que no comiésemos en el día de ayuno de (Iom) Kipur. Si bien la advertencia de este acto no ha sido explicitada textualmente en la Torá, mas, puesto que El ha mencionado su castigo e impuso la pena de Caret para quien comiese, supimos que se nos ha advertido respecto del comer.

Es lo que El dijo: Pues toda alma que no se mortificare... extirpada será. Y al comienzo (del Tratado Talmúdico) de Keritot —cuando (nuestros Sabios) enumeraron a quienes son pasibles de caret— incluyeron en su enumeración a aquél que come en Iom HaKipurím, y explicaron allí que todo aquello por lo que se es pasible de caret constituye Precepto Negativo, salvo (el Sacrificio de) Pesaj y Milá —la circuncisión—.

Se ha explicado, pues, que comer en Iom Kipur es (transgresión a un) Precepto Negativo —Mitzvá Lo Taasé—, por lo que: adrede — es pasible de caret; y (de transgredir) involuntariamente, es (pasible de traer un sacrificio) jatat, tal como explicaron al comienzo (del Tratado Talmúdico) de Keritot, y como fuera explicado en el Tratado de Horaiot que esta ley (de ofrendar un jatat) no es aplicable sino a (los casos de) Mitzvot Lo Taasé exclusivamente, puesto que El, exaltado sea, dijo acerca de quienes deben traer un Sacrificio jatat: (Si alguien... pecare por error,) haciendo una de todas las (cosas) que Di-s ordenó no hacer...

Dice el Sifrá: "Pues toda alma que no se mortificare, extirpada será — éste, pues, es el castigo por (no cumplir) la mortificación; mas advertencia para la mortificación del día propiamente dicho no hemos oído. (Sin embargo) cuando se estipula el castigo por trabajo—lo que es innecesario enseñar puesto que es un kal vajomer: si por (transgredir) la mortificación (en Iom Kipur), que no rige para los días festivos y Shabat, hay castigo (de Caret), por el trabajo, (una prohibición) que sí rige en las Festividades y Shabat, ¿no es lógico que es castigado por éste (de hacerlo en Iom Kipur)? (Pues entonces), ¿para qué fue enunciado el castigo por el trabajo (en Iom Kipur)?— aprenderemos de él advertencia para la mortificación: tal como el castigo por el trabajo es luego de advertencia, así también el castigo por la (no) mortificación es luego de advertencia".

Ha quedado explicado, pues, lo que hemos dicho. Las leyes de este precepto han sido explicadas ya al final del Tratado (Talmúdico) de Iomá.