Es la advertencia con la cual se nos previno de no exigir al que pidió prestado, de saber que no puede pagar su deuda.
Es lo que El, exaltado sea, dijo: No serás para él como un acreedor.
En la Guemará (—Talmud, Tratado de) Babá Metziá dijeron: "¿De dónde (sabemos) que el que es acreedor contra su prójimo por un mané, y sabe que aquél no tiene (para pagar), que (le) está prohibido pasar delante de él? Para enseñárnoslo fue dicho: no serás para él como un acreedor". Y en el Mejilta (dijeron): "No serás para él como un acreedor — que no te hagas ver a él a cada momento".
Sabe, que este Precepto Negativo incluye también al que exige la deuda del interés, y por ello dijeron que el que presta con interés también transgrede por lo que El, exaltado sea, dijo: no serás para él como un acreedor, como he de explicar a continuación.
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