Bsd.

Matot1

1. La Sección Matot aborda el tema de las promesas [que la persona, por propia voluntad, podría llegar a hacer, ya sea para prohibir algo sobre sí mismo o comprometerse a realizar cierta acción] y [explica el mecanismo a seguir cuando el individuo que ya hizo las promesas puede obtener] la anulación de éstas2. Existen tres maneras de [lograr la] anulación [de una promesa]: a) A través de [acudir a] un sabio experto3, quien tiene la facultad de revocar la promesa con retroactividad4, [es decir, una vez que el sabio la anula es como si nunca se hubiera hecho]; b y c) La derogación que efectúan, respectivamente, el padre5 y el esposo6 [de la niña7 o esposa que hizo la promesa]; en estos dos últimos casos la anulación es efectiva sólo "de ahora en más"8, [es decir, a partir del momento en que el padre o marido disuelven el compromiso asumido, pero no lo derogan retroactivamente, desde el momento en que fue formulado].

En el caso del marido que deroga una promesa existen dos situaciones posibles, [dependiendo del grado vincular existente en ese momento entre el hombre y la mujer]: a) Que esto se lleve a cabo antes del casamiento propiamente dicho –los nisuín– [pero luego de los esponsales, una vez asumido el compromiso, erusín9]; o b) Que ello suceda luego del matrimonio (nisuín). En ambos casos existe la posibilidad de derogar las promesas [formuladas por la mujer], pero hay diferencias entre las leyes [que rigen el caso] del "novio" (arús) y [aquellas que reglamentan las de] el esposo (baal).

Por lógica, la Halajá –Ley Judía– debería haber otorgado mayores facultades disolutorias al baal –esposo– que al arús –"novio"– [dado que el vínculo entre ambos es más sólido]. No obstante, respecto de la anulación de las promesas, [observamos que] el arús tiene más poder [disolutivo] que el baal:

El baal no puede derogar ninguna promesa que su esposa haya formulado antes del matrimonio10 . En contraste, el arús puede anular incluso aquellas promesas que su arusá ("novia") haya hecho antes de los esponsales11.

A simple vista [no se entiende esta situación]: ¿Cómo es posible que el arús [por el sólo hecho de haberse comprometido mediante erusín,] tenga más fuerza [y potestad sobre los actos de su "novia",] que el baal [respecto de su esposa]?

Una de las explicaciones [de esta aparente paradoja] es la siguiente:

El arús solo no puede anular las promesas de su "novia" sino [que lo hace, liberando a la mujer de su compromiso,] junto con el padre [de ella en virtud de la potestad que aún conserva]. Al respecto declara el Talmud]: "En el caso de una joven comprometida (arusá), su padre y su "novio" (arús) derogan sus promesas"12. Y dado que sobre el padre no es aplicable la restricción de "promesas previas" [pues él fue padre desde el instante en que ella nació, en tanto que el "novio" sólo lo fue desde los erusín], éste arrastra consigo [en sus jurisdicciones sobre su hija] también al arús ["asociándolo" a sí en la anulación de las promesas de su hija]. Por lo tanto, el "novio" se ve favorecido con la posibilidad de derogar incluso las promesas que su "novia" hiciera antes de los esponsales.

El baal –esposo–, en cambio, "anula [las promesas de su mujer] solo [por su propio mérito]". El matrimonio (nisuín) deja sin efecto la potestad del padre [de la "novia"] sobre su hija. Y dado que ahora [el baal] sólo actúa en mérito de su propia capacidad [como marido], está sujeto a sus propias restricciones impuestas por su [exclusiva] condición de tal13 [ya que no cuenta con su suegro como "socio"].

2. La traducción de estos conceptos, aplicados al servicio a Di-s de cada individuo, es la siguiente:

Existen dos formas de avodá, [servicio a Di-s]: aquella que es análoga a [la unión del "novio" con su "novia",] erusín –esponsales– , y aquella que se compara con [el "casamiento" de Di-s y el pueblo judío,] nisuin –matrimonio–.

Si bien en términos generales [el nivel espiritual del judío durante] la época del galut (exilio diaspórico) se corresponde con [la relación parcial entre un "novio" y su "novia",] erusín, en tanto que el [nivel] de [unión plena entre Di-s y los judíos, análogo al vínculo del matrimonio,] nisuín, se logrará únicamente en el Futuro Venidero (la era Mesiánica) 14, no obstante, [si profundizamos en el concepto] de una manera más específica, [veremos que] incluso en el período de galut están presentes ambos estados [espirituales, el] de erusín y el de nisuín.

El servicio a Di-s que es análogo al estado de erusín implica apartarse de las cuestiones mundanas. Tal como el "novio" [por medio del acto de esponsales "aparta para sí" a su "novia" y] "la torna prohibida a [el resto de los hombres de] todo el mundo"15, [del mismo modo la persona, para unirse a Di-s, precisa tomar distancia de la involucración absorbente con la materia]. Este modo de servicio a Di-s, sin embargo, no logra afectar al judío al grado [matrimonial] de "Y se unió...y fueron una sola carne"16– la persona todavía no consumó su unión absoluta con la Divinidad, volviéndose una única entidad con ésta, pero [al menos] ya logró separarse de las cuestiones mundanas.

La avodá de nisuín consiste en "...y fueron una sola carne". El judío y Di-s se convierten en una única entidad. En este estado [de conexión con Di-s] la persona "da a luz a su semejanza", que es el propósito del matrimonio. Este es el espíritu de la máxima de nuestros Sabios: "¿Cuál es la 'descendencia' de los tzadikím? ¡Las buenas acciones!" 17 En otras palabras, el hombre y todas sus acciones se vuelven "recipientes" –vehículos– para la Divinidad; sus acciones constituyen un "recipiente" que se anula a, y unifica con, su "contenido", [esto es, su propósito y esencia].

3. Si bien la avodá de nisuín trasciende a la de erusín, existe sin embargo un aspecto distintivo que otorga superioridad al servicio a Di-s a modo de erusín por encima del de nisuín. La persona podría pensar [erróneamente] que una vez que logró [conectarse tanto con Di-s que llegó a] el grado de nisuín puede considerarse un tzadík gamur –un judío recto perfecto y consumado– y ya no requiere [para su servicio,] la ayuda de Di-s. Este individuo [cree que] es un "esposo [que anula solo", o sea,] actúa en virtud de sus propias facultades, sin necesidad de recurrir al "padre".

En realidad, sin embargo, [no es así. En la historia del pueblo judío] hubo un individuo que [cuando luchaba contra los enemigos del Israel] hizo una declaración de este tenor; entonces, de inmediato, el pueblo reconoció que él no era "Bar Kojbá" –"el hijo de la estrella" [el Mashíaj], sobre quien fuera dicho: "Una estrella emergió de Iaacov"18 – sino "Bar Kozíba" –"el hijo de la falsedad"19 –. Esto sucedió en el contexto de una guerra en su sentido más literal, ¡y con mucha más razón se aplica este concepto a una "guerra" espiritual! [O sea, en la lucha para lograr que el espíritu domine y dé "forma" a la materia de modo que ésta se transforme en un "recipiente" para la Divinidad, es crucial que la persona –que si bien cuenta con fuerzas y facultades propias– reconozca su dependencia de la asistencia de Di-s, el "Padre" que se "asocia" a su labor].

Este es, entonces, el aspecto distintivo del arús, la supremacía de la avodá de erusín por sobre la de nisuín: Si bien el arús, por sí mismo, se encuentra en un nivel espiritual inferior, se distingue en el hecho de "anular [y actuar] en sociedad con el padre". El actúa con la fuerza del Todopoderoso. Y cuando la persona se conduce con la fuerza de Di-s, todas sus restricciones desaparecen y será capaz de acceder a un nivel espiritual tal, que por sí solo jamás hubiera podido alcanzar. [El estado de] tóhu precede a [el estado de] tikún20 . De tóhu provienen todas las cosas físicas21, incluso el Iétzer HaRá –la Inclinación al Mal22– cuyos "argumentos son previos"23 . Por lo tanto, el hombre, únicamente con sus propias fuerzas, no puede "anular [el efecto de] aquello que fue previo" [a la llegada de su Alma a este mundo]. La persona, por sí sola, no puede alcanzar el [excelso] nivel de tóhu, [la raíz del plano físico, y elevar desde allí la materia,] por lo que no puede refinar aquellos aspectos que provienen de tóhu.

Pero cuando la persona "libera" [el espíritu que se halla contenido en la materia] asociándose al "Padre" –al Todopoderoso que ciertamente no está restringido por un "antes" y un "después", por el hecho de que los aspectos de "tóhu precedieron a tikún"–, ello faculta24 que incluso el arús llegue [a afectar incluso a] el nivel de tóhu y disponga de las fuerzas necesarias para vencer al Iétzer Hará "cuyos argumentos son previos". De esta forma, la persona tiene las fuerzas requeridas para [rescatar, extraer y] refinar las "chispas" de tóhu presentes en las entidades físicas25. Este es el concepto de "anular, liberar de una promesa": Permitir, e infundir la capacidad necesaria, para que el hombre, mediante su avodá, refine y eleve los objetos materiales26.

4. El "punto" que sintetiza el concepto es el siguiente: Toda vez que el hombre logre niveles muy sublimes, e incluso llegue al nivel de "avodá de nisuín", ha de saber y reconocer que no puede ir con únicamente sus fuerzas; debe conectarse permanentemente con aquello que es superior a él, a sabiendas de que [siempre] hay niveles superiores, más y más alto, a los que todavía no ha llegado; respecto de esos niveles superiores, [debe ser conciente] aún si se encuentra en la fase inicial de su servicio.

Cuando la persona se conecta con aquello que es más elevado, y es consciente de que todavía no ha completado su tarea –pues hay niveles más excelsos [a los que todavía le falta llegar]–, el "Padre" –Di-s– atraerá hacia Sí incluso al arús, liberándolo de todas sus restricciones. De este modo, el arús tendrá la capacidad de "liberar aquello que antecedió", [las "chispas" de Divinidad contenidas en la materia].

(de una Sijá de Shabat Matot-Maséi, 5716)