Sr.
Baltimore, Maryland
Saludo y Bendición:
He recibido su carta, en la cual me pregunta cómo el hecho de ser inscripto para un feliz Año Nuevo en Rosh Hashaná, lo que implica predestinación, puede reconciliarse con la idea de libre albedrío y libertad de acción.
Como estará enterado, mucho ha sido escrito y publicado sobre este tema, y es difícil analizar tal tópico adecuadamente en una carta. No obstante, por cuanto ha formulado la pregunta, intentaré proveerle aquí de unos pocos puntos salientes que espero ayuden a aclarar este problema en su mente.
La aparente contradicción entre conocimiento Divino y libertad humana es el resultado de un concepto erróneo en cuanto al significado del conocimiento Divino, y su confusión con las ideas de predeterminación y predestinación.
Podemos ilustrar este punto de la siguiente manera: cuando sabemos cómo otra persona actuó en el pasado, es obvio que este conocimiento no ha afectado la libertad de acción de aquel individuo particular; su acción precedió a nuestro conocimiento. Del mismo modo, el conocimiento previo no afecta necesariamente la libertad de acción de un individuo. Llevemos esto una etapa más lejos: imagine, en función del argumento, a un clarividente, capaz de prever un cierto evento. Por cuanto el evento está teniendo lugar sin importar el conocimiento previo de este individuo, este conocimiento previo no afectaría la acción. Una última analogía: considere el caso de un psiquiatra cuyo conocimiento de un cierto individuo es tan profundo que por muchos años él ha podido predecir qué hará este último en los próximos momentos u horas. Una vez más, este conocimiento no afectará el comportamiento concreto de aquel individuo. Ahora bien, teniendo en cuenta que el conocimiento de D-os es infinitamente mayor que aquel de nuestro psiquiatra, seguramente no nos sorprende que El conozca las cosas por anticipado, no sólo en términos de minutos y horas sino de meses y años.
La dificultad que tiene en reconciliar la idea del juicio de D-os en Rosh Hashaná con la idea del libre albedrío y libre elección a lo largo de aquel año -por cuanto lo primero ya implica predestinación- es una pregunta que recibe particular atención en el Likutéi Torá del Alter Rebe1 y más recientemente y en una mayor extensión, en Kuntrés uMaaián de mi suegro, sea su recuerdo bendición. Estoy seguro de que estos libros están en poder de sus amigos de Lubavitch a quienes menciona en su carta.
El punto esencial aquí es que la determinación Divina realizada en Rosh Hashaná y Iom Kipur es una determinación potencial, es decir, aún tiene que concretarse. Esa "concreción" depende del juicio Divino que tiene lugar cada día, el que a su vez depende, en gran medida, de la conducta del individuo. La analogía presentada por las fuentes precedentes es la siguiente: suponga que un individuo fue "sentenciado" en Rosh Hashaná y Iom Kipur a alcanzar riqueza durante el año. "Riqueza" puede tomar una variedad de formas, tales como riquezas del conocimiento o riqueza en otras cuestiones espirituales, tales como discernimiento intelectual o emocional, etc.; y también puede tomar la forma de riquezas como se entiende comúnmente. Lo mismo es cierto para cualquier otra cosa. El resultado final es determinado por la propia elección de acciones y conducta del individuo, los que vienen ante el escrutinio y juicio Divino cada día. Es por eso que tenemos nuestras plegarias cotidianas, y solicitamos nuestras necesidades diarias en la Shemoné Esré, a pesar del hecho de que el juicio general ya ha sido dictado en Rosh Hashaná y Iom Kipur.
Confío en que lo precedente no sólo clarificará el tema sino que servirá también como recordatorio de que lo esencial es la acción, y el cumplimiento de las mitzvot en la conducta de la vida diaria. Además, de esto puede lograrse mayor discernimiento en la naturaleza de las mitzvot y perspectiva judía general acerca de la vida, y este discernimiento resulta, no de la especulación teórica acerca de las mitzvot, sino de su ejecución concreta.
Con bendición,
M. Schneerson
1 Likutéi Torá, koraj 55b; Kuntrés uMaaián, pag. 114
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