Es la advertencia con la cual se nos previno de no ignorar al objeto extraviado, sino que hemos de to­marlo y devolverlo a su dueño.

Es lo que El, exaltado sea, dijo: No podrás desentenderte.

Ya hemos explicado lo que ellos (—los Sabios) dijeron en el Mejilta acerca del tema de lo extraviado: "Hemos aprendido, como resultado, que él (—el que finge no verlo) transgrede un Precepto Positivo y un Precepto Negativo". En la expresión de la Guemará: "La devolución de lo extraviado constituye Precepto Positivo y Precepto Negativo".

En Deuteronomio repitió El, el Precepto Negativo al respecto, y se enunció sobre éste un Precepto Nega­tivo específico. Y es lo que El, exaltado sea, dijo: No verás al buey de tu hermano, o a su cordero, perdidos... Y en el Sifrí (dijeron): "No verás al buey de tu hermano — es un Precepto Negativo; y más adelante dice El: Cuando te topes (con el buey de tu enemigo, o con su burro, perdidos, devolver habrás de devolvérselo) — es un Pre­cepto Positivo".

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Segundo (del Tratado Talmúdico) de Babá Metziá.