"… Su redención [debe llevarse a cabo] desde la edad de un mes" (Números 18:16)

Esto significa que el Pidión HaBen (ceremonia de redención del primogénito) debe llevarse a cabo al trigésimo primer día después del nacimiento del niño (tanto el día del nacimiento como el día del Pidión HaBen están incluidos en los 31). A pesar que, técnicamente, la obligación comienza con el anochecer que sigue al día 30 —pues la fecha judía comienza al anochecer —es costumbre llevar a cabo el Pidión HaBen en la tarde del día 31. Sin embargo la costumbre sefaradí es llevar a cabo el Pidión HaBen en la primer oportunidad posible —en la noche que precede al día 31.

Si el día 31 es Shabat o una festividad (fuera de Janucá, Purim y Jol HaMoed) el Pidión HaBen tiene lugar al siguiente día de semana.

Si el día 31 es viernes, la comida debe ser organizada temprano por la tarde, y sólo un minian de hombres (en adición al padre, el cohen y parientes cercanos) debe participar, así la comida no quita atractivo al Shabat más tarde esa noche.

Si el día 31 es uno de ayuno público, el Pidión HaBen es realizado justo antes del anochecer y esa noche se realiza la comida festiva (el vino que el cohen bebe usualmente durante la ceremonia es bebido por un menor que aun no está obligado a ayunar).

Si el día 31 cae el día anterior a Pascua, el Pidión HaBen debe ser llevado a cabo por la mañana, lo suficientemente temprano como para que se pueda comer pan durante la comida festiva.

Si por cualquier motivo el día 31 ha pasado y no se ha realizado el Pidión HaBen, el padre del bebé debe hacerlo en la primera oportunidad posible.

Si el primogénito llega a la mayoría de edad (Bar Mitzvá) sin que se le hubiera hecho el Pidión HaBen, está obligado a redimirse. Haga clic acá para más información acerca de este tema.