Es el precepto con el cual se nos ordenó que los Sacerdotes hagan el servicio por turnos. Es decir: que en cada semana sirva un turno y que la mano de todos no esté entremezclada salvo en las (Tres) Peregrinaciones solamente, cuando todos los turnos trabajan por igual y todo el que viene (tiene derecho a hacer la) ofrenda.

Ya fue explicado en Crónicas que (el Rey) David y (el Profeta) Samuel los dividieron y los constituyeron en veinticuatro turnos.

Se explicó en (el Tratado Talmúdico de) Sucá, que en las (Tres) Peregrinaciones, el derecho de todos es igual.

El versículo que fue dicho respecto de este precepto es lo que El dijo: Y cuando ha de venir el Levita.., y vendrá con todo el anhelo de su alma... y servirá en nombre del Señor, su Di-s, tal como todos sus hermanos —los Levitas— que allí se yerguen delante del Señor; por partes iguales comerán.

Dice el Sifrí: "Y vendrá con todo el anhelo de su alma — podría (yo pensar) que (así es) siempre. Para enseñarnos (que no es así) fue dicho: De uno de tus portones — en el momento en que todo Israel se halla reunido en un mismo portón, en las Tres Peregrinaciones. Podría (yo pensar) que todos los turnos son iguales (para tomar parte) en las ofrendas de la Peregrinación que no vienen en virtud de la Peregrinación. Para enseñarnos (que no es así) fue dicho: A excepción de (las porciones que les corresponden por) su venta ancestral. ¿Qué es lo que los ancestros vendieron unos a otros? 'Tú en tu semana y yo en mí semana". Es decir, su acuerdo respecto del orden de los turnos de servicio: cada semana — su turno. Y así también lo interpretó el Targúm: "A excepción del turno cuya semana llega, pues así fijaron sus padres"

Las leyes de este precepto han sido explicadas ya al final de la Guemará (—Talmud, Tratado de) Sucá.