Pregunta:

¿Una pareja casada que no puede tener hijos tiene permitido, de acuerdo a la ley de la Torá, usar la Fertilización In Vitro (FIV)?

Respuesta:

Es cierto que toda pareja espera concebir fácil y naturalmente. Para aquellos que no pueden los recientes avances médicos en fertilidad son una verdadera bendición para miles de familias. Esos descubrimientos son verdaderamente notables, permitiendo que las parejas tengan hijos, cuando una generación atrás tal posibilidad era 'inconcebible'.

Sin embargo, la FIV o cualquier embarazo médicamente asistido pueden tener significativas reglas legales judías. Las situaciones que surgen hoy en el reino de la concepción no tienen precedente médico y sin embargo la Torá de siglos de antigüedad tiene mucho que decir acerca de las ramificaciones espirituales de esos procedimientos.

Con respecto a su pregunta en particular, hay diferentes opiniones halájicas, que son presentadas a continuación en tres dictámenes generales

  1. La FIV puede ser permitida, pero todos los componentes físicos (esperma, óvulos, suero, útero, medicamentos relacionados, etc.) deben ser sólo de la [halájicamente casada] pareja misma. También todo el proceso de fertilización debe ser estrictamente supervisado por un judío entrenado, para asegurar que ningún componente de otra persona es agregado a la fertilización. [El marido y la esposa no están en un estado emocional objetivo para ser capaces de supervisar, y el equipo médico tampoco es imparcial para el éxito del procedimiento. Por lo tanto se debe elegir una tercera parte, que tiene que pasar por un entrenamiento y que no será compensado más o menos, dependiendo del resultado del procedimiento]. Esos 'supervisores' judíos pueden encontrarse en muchos lugares del globo.
  2. La FIV es permitida aun a pesar que los componentes físicos (semen o óvulos) usados son de fuentes no judías. Al usar óvulos de mujeres no judías, el niño resultante tendrá dos madres: una que proveyó el material genético (la donante no judía de los óvulos), y una que es la madre de nacimiento (la madre judía que llevó el embarazo). La situación dual de las madres hace que el niño sea en parte judío y en parte no judío. En tal caso, por lo tanto, el niño debe ser convertido apropiadamente.
  3. La FIV no debe ser permitida puesto que viola prohibiciones de la Torá, en particular la prohibición contra "desperdiciar" la simiente del hombre.

Por lo tanto, con esos tres dictámenes muy diferentes, ¿qué se supone que debe hacer la pareja? Deben consultar a su rabino particular (o a un rabino que sea más experto en este campo) y seguir el dictamen específico dado.

El Lubavitcher Rebe citó al Rebe Anterior, quien dijo "una persona realmente debe dar toda su existencia para tener hijos".

Que todos merezcamos la bendición de hijos —muchas veces —en santidad y alegría.

La información expuesta arriba fue enviada por el rabino Iosef I. Feigelstock, Rabino principal de Jabad en la Argentina, experto en todas las leyes relacionadas a la fertilización asistida. La opinión del rabino Feigelstock es acorde al item 1.

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