Además del año sabático, a la tierra se le debe dar descanso cada 50º año. Dicho año es conocido como el año de Jubileo. Al comienzo del año, los campos comprados durante los 49 años anteriores deben volver a sus dueños originales. Por lo tanto, cuando una persona vende su campo, debe reducir el valor total según la cantidad de años que hayan transcurrido desde el anterior año de Jubileo.
Bajando el Infinito
בְּמִסְפַּר שָׁנִים אַחַר הַיּוֹבֵל תִּקְנֶה מֵאֵת עֲמִיתֶךָ וגו': (ויקרא כה:טו)
[D-os le instruyó a Moisés que le dijera al pueblo judío] “Deben comprar de su prójimo judío de acuerdo al número de años desde el [año de Jubileo anterior]” Levítico 25:15

El conjunto de los 49 años de siete ciclos sabáticos, seguido por el año de Jubileo, es similar a los 49 días de siete semanas durante los cuales contamos los días entre Pésaj y la festividad de Shavuot, cuando revivimos la Entrega de la Torá.

En la cuenta anual entre Pésaj y Shavuot el día 50, el último día, es celebrado pero no contado. Esto es debido a que la experiencia anual de la Entrega de la Torá es una revelación Divina que no podemos lograr por nosotros mismos; es un regalo Divino. El año de Jubileo se observa pero no se cuenta por la misma razón. Sin embargo, las revelaciones Divinas de Shavuot y el año de Jubileo ocurren sólo en respuesta a que nosotros hayamos contado los anteriores 49 días o años, respectivamente, por medio de los cuales ascendemos por todos los niveles de consciencia Divina que podemos lograr por nosotros mismos.

Vemos, entonces, que con respecto a cumplir con nuestra misión Divina, D-os nos otorga un éxito que está más allá del que podamos lograr, siempre y cuando invirtamos nuestros máximos esfuerzos en alcanzar lo que podemos por nosotros mismos.1